Características

Los mecanismos para realizar Ahorro Previsional Voluntario continúan siendo la Cotización Voluntaria y los Depósitos Convenidos. Se incorpora el concepto de "Depósitos de APV" que se hace en las instituciones autorizadas y que es el equivalente a la cotización voluntaria que se realiza en las AFP.

Los trabajadores podrán efectuar cotizaciones voluntarias en su cuenta de capitalización individual en cualquier fondo de la AFP o depósitos de ahorro previsional voluntario en los planes de ahorro que ofrezcan los bancos, las compañías de seguros de vida, las administradoras de fondos mutuos, de inversión y para la vivienda.

Los depósitos de ahorro previsional voluntario podrán realizarse directamente en las instituciones autorizadas o en la AFP. En este último caso el trabajador debe indicar a la AFP las instituciones a las cuales se transferirán los mencionados depósitos. Si se hacen directamente en la institución autorizada, corresponderá a ésta la cobranza.

Los trabajadores podrán traspasar a una institución autorizada o a una AFP una parte o la totalidad de los recursos que mantengan en los planes de ahorro previsional voluntario, así como aquellos originados en depósitos convenidos y cotizaciones voluntarias. El trabajador podrá mantener recursos provenientes de ahorro voluntario en más de una AFP.

Reforma Previsional

La Reforma Previsional contiene varios cambios en materia de ahorro previsional voluntario. Uno de los más importantes es el bono que dará el Estado para fomentar el ahorro en los sectores de ingresos medios y bajos de la población, cuyos sueldos no están afectos al impuesto a la renta o tienen una tasa de impuesto baja.

La bonificación estatal será equivalente al 15% de todo lo ahorrado en forma voluntaria por el afiliado en un año calendario, siempre que dichos fondos se destinen a pensión.

La bonificación de 15% considera dos límites: En cada año calendario no podrá sobrepasar seis Unidades Tributarias Mensuales (6 UTM), lo que en la actualidad equivale a un total de $ 217.000.

Para aspirar a obtener la máxima bonificación, el afiliado debe realizar ahorro voluntario por un monto anual de $ 1.450.000.

Otra condición es que este ahorro voluntario no puede ser mayor a 10 veces las cotizaciones obligatorias realizadas por el trabajador dentro del año calendario

   
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